Viceministerio Administrativo Financiero

ARTICULO 36. VICEMINISTRO ADMINISTRATIVO FINANCIERO. EI Viceministro Administrativo Financiero, es la autoridad inmediata inferior, responsable de dirigir los procesos específicos del cumplimiento de la probidad administrativa y la correcta inversión de los fondos públicos por parte del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales y velar por la correcta aplicación de los controles internos relacionados con la normativa de administración financiera vigente en el sector público nacional. Le corresponden las atribuciones siguientes:

Principales Funciones

Dirigir y coordinar las actividades técnicas, financieras y administrativas de las dependencias a su cargo.

 Firmar los contratos administrativos del Ministerio.

Velar por que las actividades administrativas, financieras, de recursos humanos e informáticos del Ministerio se desarrollen con base a las normas técnicas y legales vigentes.

Dirigir y coordinar la elaboración del anteproyecto de presupuesto del Ministerio.

Garantizar que las dependencias del Ministerio cuenten con los recursos humanos, físicos financieros e informáticos necesarios para su funcionamiento.

Promover la eficiente, efectiva y transparente ejecución presupuestaria de los recursos asignados, préstamos o donaciones que el Ministerio obtenga.

Representar al Ministro de Ambiente y Recursos Naturales, cuando este así lo disponga, en los asuntos relacionados con las actividades institucionales del Ministerio.

Sustituir al Ministro de Ambiente y Recursos Naturales, por ausencia temporal, de acuerdo con lo que establece este reglamento.