Diseño Trámites MARN
ENTIDAD: |
MINISTERIO DE AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES |
DEPENDENCIA: |
DIRECCIÓN DEL FONDO NACIONAL DE CAMBIO CLIMÁTICO |
FECHA: |
28 DE OCTUBRE DEL 2025 |
La presente información es puesta a la disposición a los usuarios para que puedan realizar observaciones al procedimiento de inscripción de postulantes a beneficiarios ante Fondo Nacional de Cambio Climático a cargo del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales. El cual quedará establecido en el proyecto de Acuerdo Gubernativo sobre el Reglamento del Fondo Nacional de Cambio Climático, de conformidad con el artículo 10 de la Ley para la Simplificación de Requisitos y Trámites Administrativos, Decreto 5-2021 del Congreso de la República de Guatemala.
| No. | ITEM: |
|---|---|
| 1. | NOMBRE DEL TRÁMITE ADMINISTRATIVO: Inscripción de postulantes a beneficiarios ante el Fondo Nacional de Cambio Climático. |
| 2. | BASE LEGAL: Decreto 7-2013 Ley Marco Para Regular la Reducción de la Vulnerabilidad, la Adaptación Obligatoria ante los Efectos del Cambio Climático y la Mitigación de Gases de Efecto Invernadero. |
| 3. | DISEÑO DEL PROCEDIMIENTO: Requisitos Propuestos Registro ante el Fondo Nacional de Cambio Climático. Las personas individuales o jurídicas interesadas en ser registradas como postulantes a ser beneficiarios de planes, programas y proyectos del Fondo Nacional de Cambio Climático, deberán solicitar su registro, adjuntando según sea el caso, los siguientes requisitos: a) Carta de solicitud de financiamiento ante el Fondo Nacional de Cambio Climático; b) Plan, programa o proyecto de acuerdo a la naturaleza del Fondo Nacional de Cambio Climático, cumpliendo con el formato establecido en el “Manual de Procedimientos como Guía, para la Preparación, Formulación y Evaluación de Planes, Programas y Proyectos postulantes al Fondo Nacional del Cambio Climático”. c) Documento Personal de Identificación vigente de la persona individual o representante legal de la entidad que sea postulante del plan, programa o proyecto. En el caso de personas extranjeras, presentar fotocopia de pasaporte completo; d) Constancia del Registro Tributario Unificado actualizado del postulante del plan, programa o proyecto; e) Patente de Comercio de Empresa y/o Sociedad; f) Documento que acredite la representación legal o calidad que se ejercita, inscrita y vigente; g) Acta, resolución o lo que corresponda según sea el caso, en la que conste la autorización del representante legal para postularse ante el Fondo Nacional de Cambio Climático; h) Testimonio de la escritura pública de constitución de persona jurídica y sus modificaciones y/o ampliaciones debidamente registradas; i) Solvencia fiscal del año vigente; j) Acreditación de experiencia relacionada a la naturaleza del plan, programa o proyecto. En el caso, que el Comité Técnico de Evaluación considere que de conformidad con la naturaleza del postulante y del plan, programa o proyecto, se requiera documentación que amplíe la información para la realización, solicitará lo siguiente: a) Certificación extendida por el Registro General de la Propiedad, la cual al momento de su presentación no debe exceder de los seis meses de su emisión; en el caso de propietarios y/o usufructuarios del bien inmueble o si el postulante es una entidad autónoma, centralizada o descentralizada; b) Testimonio de la escritura pública del contrato de arrendamiento o subarrendamiento, observando lo establecido en el Artículo 1125 del Código Civil; contrato de promesa de compraventa; o documento legal que acredite la titularidad del derecho de posesión sobre el bien inmueble en caso el postulante no sea propietario; c) Documento que acredite la titularidad o derecho que ostente sobre el bien inmueble objeto del plan, programa o proyecto, según sea el caso; d) Contrato de arrendamiento suscrito por la Oficina de Control de Áreas de Reserva del Estado, en caso el postulante sea arrendatario de áreas de reserva de la Nación; e) Resolución judicial del nombramiento de administrador del mortual, si así corresponde; ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ Diseño de Procedimiento de Postulación a beneficiarios ante el Fondo Nacional de Cambio Climático ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ 1. El postulante ingresa a la página web del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales y se dirige al apartado de Postulación a Beneficiario del FONCC. 2. El postulante completa los campos requeridos dentro de la solicitud electrónica. 3. El postulante envía la información al completar el formulario. a. Recibe un mensaje de recepción de la información. 4. El postulante presenta la propuesta en la fecha establecida con los requisitos siguientes: a) Carta de solicitud de financiamiento ante el Fondo Nacional de Cambio Climático; b) Plan, programa o proyecto de acuerdo a la naturaleza del Fondo Nacional de Cambio Climático, cumpliendo con el formato establecido en el “Manual de Procedimientos como Guía, para la Preparación, Formulación y Evaluación de Planes, Programas y Proyectos postulantes al Fondo Nacional del Cambio Climático”. c) Documento Personal de Identificación vigente de la persona individual o representante legal de la entidad que sea postulante del plan, programa o proyecto. En el caso de personas extranjeras, presentar fotocopia de pasaporte completo; d) Constancia del Registro Tributario Unificado actualizado del postulante del plan, programa o proyecto; e) Patente de Comercio de Empresa y/o Sociedad; f) Documento que acredite la representación legal o calidad que se ejercita, inscrita y vigente; g) Acta, resolución o lo que corresponda según sea el caso, en la que conste la autorización del representante legal para postularse ante el Fondo Nacional de Cambio Climático; h) Testimonio de la escritura pública de constitución de persona jurídica y sus modificaciones y/o ampliaciones debidamente registradas; i) Solvencia fiscal del año vigente; j) Acreditación de experiencia relacionada a la naturaleza del plan, programa o proyecto. 5. El Comité Técnico de Evaluación del FONCC analiza las propuestas, durante 20 días. 6. El Comité Técnico de Evaluación del FONCC podrá solicitar al postulante: a. En caso de dudas, se le solicita al postulante resolverlas o ampliar la información en un tiempo no mayor de 2 días para que continue su proceso. b. En el caso que el Comité Técnico de Evaluación considere que de conformidad con la naturaleza del postulante y del plan, programa o proyecto, se requiera documentación que amplíe la información para la realización dentro de un plazo determinado por el Comité, solicitará lo siguiente: • Certificación extendida por el Registro General de la Propiedad, la cual al momento de su presentación no debe exceder de los seis meses de su emisión; en el caso de propietarios y/o usufructuarios del bien inmueble o si el postulante es una entidad autónoma, centralizada o descentralizada; • Testimonio de la escritura pública del contrato de arrendamiento o subarrendamiento, observando lo establecido en el Artículo 1125 del Código Civil; contrato de promesa de compraventa; o documento legal que acredite la titularidad del derecho de posesión sobre el bien inmueble en caso el postulante no sea propietario; • Documento que acredite la titularidad o derecho que ostente sobre el bien inmueble objeto del plan, programa o proyecto, según sea el caso; • Contrato de arrendamiento suscrito por la Oficina de Control de Áreas de Reserva del Estado, en caso el postulante sea arrendatario de áreas de reserva de la Nación; • Resolución judicial del nombramiento de administrador del mortual, si así corresponde; c. Al no tener respuesta dentro del plazo de señalado por el Comité Técnico de Evaluación, se archivará la solicitud. d. Si no hay dudas o ampliación pasa al paso 7. 7. El Comité Técnico de Evaluación del FONCC eleva las propuestas al Despacho Superior para presentarlas ante el Consejo Nacional de Cambio Climático 8. El postulante recibe un mensaje que su propuesta es elegible a optar por financiamiento. 9. Las propuestas elegibles son sometidas a aprobación del Consejo Nacional de Cambio Climático -CNCC- para su financiamiento. 10. El postulante recibe la notificación que su propuesta fue aprobada para el financiamiento. 11. El postulante pasa a ser beneficiario ante el FONCC. |
Descripción |
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Indicador |
Situación Actual |
Situación Propuesta |
Diferencia |
Postulación a beneficiarios ante el Fondo Nacional de Cambio Climático |
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Postulación |
- |
Fecha determinada |
Fecha determinada |
No. De requisitos |
- |
10 |
10 |
Requisitos a ser ampliados |
- |
5 |
5 |
Registro de propuestas |
- |
1 |
- |
Análisis de propuestas |
- |
20 |
20 |
Elegibilidad del Beneficiario |
- |
1 |
1 |
ENTIDAD: |
MINISTERIO DE AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES |
DEPENDENCIA: |
DIRECCIÓN DEL FONDO NACIONAL DE CAMBIO CLIMÁTICO |
FECHA: |
28 DE OCTUBRE DEL 2025 |
La presente información es puesta a la disposición a los usuarios para que puedan realizar observaciones al procedimiento de inscripción de postulantes a beneficiarios ante Fondo Nacional de Cambio Climático a cargo del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales. El cual quedará establecido en el proyecto de Acuerdo Gubernativo sobre el Reglamento del Fondo Nacional de Cambio Climático, de conformidad con el artículo 10 de la Ley para la Simplificación de Requisitos y Trámites Administrativos, Decreto 5-2021 del Congreso de la República de Guatemala.
| No. | ITEM: |
|---|---|
| 1. | NOMBRE DEL TRÁMITE ADMINISTRATIVO: Inscripción de postulantes a beneficiarios ante el Fondo Nacional de Cambio Climático. |
| 2. | BASE LEGAL: Decreto 7-2013 Ley Marco Para Regular la Reducción de la Vulnerabilidad, la Adaptación Obligatoria ante los Efectos del Cambio Climático y la Mitigación de Gases de Efecto Invernadero. |
| 3. | DISEÑO DEL PROCEDIMIENTO: Requisitos Propuestos Registro ante el Fondo Nacional de Cambio Climático. Las personas individuales o jurídicas interesadas en ser registradas como postulantes a ser beneficiarios de planes, programas y proyectos del Fondo Nacional de Cambio Climático, deberán solicitar su registro, adjuntando según sea el caso, los siguientes requisitos: a) Documento Personal de Identificación vigente de la persona individual o representante legal de la entidad que sea postulante del plan, programa o proyecto. En el caso de personas extranjeras, presentar pasaporte; b) Constancia del Registro Tributario Unificado actualizado del postulante del plan, programa o proyecto; c) Patente de Comercio de Empresa y/o Sociedad; d) Documento que acredite la representación legal o calidad que se ejercita, inscrita y vigente, según sea el caso; e) Testimonio de la escritura pública de constitución de persona jurídica y sus modificaciones y/o ampliaciones debidamente registradas; ___________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ Diseño de Procedimiento para Inscripción de postulantes a beneficiarios ante el Fondo Nacional de Cambio Climático. 1. El postulante ingresa a la página web del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales y se dirige al apartado de Registro de Postulante a Beneficiario del FONCC. 2. El postulante completa los campos requeridos dentro de la solicitud electrónica. 3. El postulante envía la información al completar el formulario. a. Recibe un mensaje de recepción de la información. 4. El jefe del Departamento Técnico del FONCC, verifica la información y documentación adjunta en registro, dentro de un plazo de 5 días. a. Si la información está completa sigue al paso 5. b. Si información está incompleta, se remite mensaje al postulante para complemento de la misma dentro de un plazo de 5 días. c. Si el postulante no completa la información se finaliza el proceso, dentro del plazo establecido y se finaliza el número de solicitud. 5. Al darse la recepción de información y documentación completa, recibirá la constancia de inscripción vía electrónica, dentro de un plazo de 5 días. |
Descripción |
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Indicador |
Situación Actual |
Situación Propuesta |
Diferencia |
Inscripción de postulantes a beneficiarios |
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Convocatoria para registrarse |
- |
- |
- |
No. De requisitos |
- |
6 |
6 |
Recepcion de registro de postulantes |
- |
Permanente |
Permanente |
Registro |
- |
5 |
5 |
Constancia de registro |
- |
5 |
5 |