Resumen del Inventario Preliminar de  Plaguicias COP para la página WEB.


1.ANTECEDENTES

1.1 Antecedentes sobre el Inventario Preliminar  de Plaguicidas COP en Guatemala.
Guatemala firma, ratifica, convenios y protocolos, y la obliga a trabajar por una gestión ambientalmente racional de los productos químicos y  desechos peligrosos en tal sentido Guatemala Firma el Convenio de Estocolmo el 29 de enero del 2002 y luego lo aprueba según decreto 60-2007 del congreso de la República, actualmente hizo el deposito ratificación el 31 de julio del 2008 fundamentos que la hacen parte de dicho convenio, es así que en el mes de marzo del año 2007 inicia la elaboración del Inventario de Plaguicidas Contaminantes Orgánicos Persistentes en el cual  su punto focal es el  Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, quien a través de la Unidad de Coordinación Para el Manejo Ambientalmente Racional de Productos Químicos y Desechos Peligrosos   ejecuta  el   proyecto GF/GUA/02/015/21-0 con apoyo de ONUDI y financiado por El GEF, dicho convenio da  las directrices iníciales  para las actividades de  capacitación y así elaborar el Plan Nacional de Aplicación (PNA) y reducir y eliminar los 9 plaguicidas  Contaminantes Orgánicos Persistentes objeto de estudio del inventario. El Inventario Nacional de plaguicidas COP y obsoletos cubrió  todo el   territorio nacional, pero con mayor énfasis en la  costa sur, por ser un área en donde se aplicaron la mayoría de los plaguicidas COP en cultivos como  algodón, maíz, cebada, ajonjolí.
El nivel de estudio del inventario se   dirigió  a los 9 plaguicidas  COP incluidos  en el Convenio de Estocolmo y alguna información sobre los insecticidas que están en estudio para su inclusión, plaguicidas obsoletos, se identificó lugares de almacenamiento y se determino cuantitativamente en lo posible la cantidad, peso, volumen; para el caso de los plaguicidas obsoletos encontrados se consideró únicamente su ubicación, cantidad y descripción de las condiciones de almacenamiento.  El objetivo de  este inventario fue: a) Recopilar información relacionada a la importación, exportación, formulación,  almacenamiento, comercio y uso de los plaguicidas COP del Anexo A y B, del Convenio de Estocolmo ( Aldrina, Clordano, Dieldrina, Endrina, Heptacloro, Hexacloribenceno, Mirex, Toxafeno y DDT); b) Identificar sitios contaminados con plaguicidas COP y obsoletos y c) Cuantificar los plaguicidas COP  y   Obsoletos .
Para recopilar  la información se realizó,  entrevistas, reuniones técnicas con autoridades gubernamentales e industria,  envió de encuestas directas por medio de correo electrónico, encuesta personales  por  medio del equipo de trabajo de inventarios de plaguicidas, la boleta para la encuesta se  realizó con lineamientos de la  FAO y el PNUMA y  diseños utilizados en  otros países.

1.2   Antecedentes sobre la producción histórica, importación y uso de plaguicidas en Guatemala.

Dentro de los principales resultados obtenidos sobre el uso de estos producto tenemos que en Guatemala el  uso de plaguicidas sintéticos se inició en 1949 en  el cultivo del algodón, en la década de los 50 se sembraron anualmente 15,000 ha en promedio, en la década de los 60 el área sembrada alcanzó las 150,000 ha, para la temporada 92-93 disminuyó a 22,500 ha.  El factor principal para la disminución del área cultivada fue la deficiencia en el control de plagas y su costo excesivo, a través del tiempo, el cultivo del algodón utilizó diferentes plaguicidas comenzando por los clorados (DDT, Hexaclorobenceno, toxafeno, Clordano) los organofosforados (metil parathión, Azinfós Metílico, Etil Parathión, Carbaril y más recientemente los grupos químicos Carbamatos y Piretroides.

En  Guatemala  el cultivo del algodón dio lugar , a que aparecieran en el mercado nacional una gran variedad de plaguicidas organosintéticos que facilitaron el control de plagas , hicieron  el cultivo del algodón más económico y eficiente y convirtiéndolo en una negocio  atractivo.  Las áreas bajo cultivo empezaron a crecer, en esta fase eran necesarias unas ocho aspersiones de plaguicidas por temporada. En Guatemala, las escasas restricciones gubernamentales relativas al uso agrícola de plaguicidas, la creencia de que la mezcla de varios plaguicidas aumentaba su eficiencia, la aplicación de plaguicidas bajo un sistema calendario; son factores que  aumentaron  la resistencia de las poblaciones de insectos a los plaguicidas, el número de plagas y el número de dosis de aplicación por temporada provocó que el nivel de uso de plaguicidas llegara a 50 kg de ingrediente activo por hectárea en la temporada de 1971-1972.  Para la temporada de 1974-1975, los niveles alcanzaron 80 kg de ingrediente activo por hectárea. El número de aplicaciones aumentaron a 35 y en unos casos  llegó hasta 40 (Mejicanos). La producción de maíz fue afectada por el uso de plaguicidas en el algodón, al causar ruptura en el equilibrio biológico, lo que permitió el desarrollo de poblaciones de Dalbulus maides , vector de un micoplasma en el maíz. También se encontró que el Anopheles albimanus, (vector de la malaria) era resistente a gran cantidad de plaguicidas usados en el algodón, la resistencia de éste al DDT, según estudios, aumentó del 58 al 86 % entre 1972 y 1975 ( Mejicanos).  Dentro de los plaguicidas más utilizados se encontraban el DDT que se aplicaba en  agricultura y salud (ver cuadro 1) según Mejicanos aparece el promedio de uso de plaguicidas en la producción de algodón en los años 1972 al 75 en kg/ha de ingrediente activo, además otros productos utilizados eran: Lindano , Aldrín y Toxafeno.  La aplicación principalmente de DDT en agricultura fue intensiva por la magnitud de los cultivos de algodón, la región de la costa sur y suroriente fue ampliamente dedicada al cultivo del algodón para cumplir la demanda internacional, las fincas nacionales como las de Cuyuta, Escuintla fueron extensamente cultivadas.
Cuadro No. 1  Promedio de uso de plaguicidas en  Algodón en kg/ha de i.a.


PAIS

1972/73

1973/74

1974/75

El Salvador

58.4

72.1

70.0

Guatemala

45.6

75.2

79.9

Honduras

 

27.0

19.3

Nicaragua

51.2

44.1

49.8

FUENTE: ICAITI, CONAL, y para 1974/75 en Nicaragua, el Banco Nacional de Nicaragua.

Otros plaguicidas COP utilizados en esta época fueron el Heptacloro y Dieldrin  ya que se reportan residuos de ellos en las semillas de los cultivos de maíz, cebada.
Además de su aplicación en agricultura las aplicaciones por medidas sanitarias y los efluentes de las industrias formuladoras, llegaron al ambiente por erosión hídrica y eólica, teniendo  sus efectos no solo sobre las plagas que se desean controlar sino también sobre otras formas de vida, causando mortandad o bien efectos tales como: bajo nivel de crecimiento, cambios de hábitat, y poca reproducción.
En la Unidad de Normas y Regulaciones del Ministerio de Agricultura Ganadería y Alimentación aparecen registros de empresas que importaron plaguicidas COP a  partir de los años 1971 a 1989, estos plaguicidas fueron importados como productos formulados o como material técnico para ser procesados en el país, por las empresas: Productos Superb Cia. Ltda. , Agropecuaria Cordés, Agencias agrícolas S.A., Compañía Agrocomercial S.A., ATISA, Bayer de Guatemala S.A, Tecún S.A, Centro Agrícola Valenzuela, Shell Química de Guatemala S.A, Insectrol S.A, Servicio Cafetalero Boppel Feldmar y Cia, Químicos y Lubricantes S.A, Quilubrisa, Plaguicidas de Guatemala Ltda., INDUCASA S.A., Agronac S.A. y Formucasa, Versicol de Centro América., Bandegua, Agroquímicas, Semeca, Insumos Agrícolas de Guatemala, Químicas agrícolas Insectrol S.A.,Roberto Bustamante Mejia, Agricultural Chemical de Centro América, Ferticasa S.A.    El DDT importado para uso en agricultura y en programas de salud venia proveniente principalmente de Costa Rica, Estados Unidos y El Salvador. El aldrín de: costa Rica, El Salvador, Estados Unidos; El Mirex de Brasil principalmente; El Clordano de Costa Rica, Estados Unidos, Holanda; Endrin de El Salvador , Costa Rica y Holanda; Toxafeno de Guatemala, Brasil, Holanda, El Salvador; Heptacloro de Guatemala, Estados Unidos, Costa Rica; Dieldrín de Costa Rica, Hexacloro Benceno: Costa Rica, El Salvador, Estados Unidos.
Según publicación realizada por  la Ingeniera Marit de Campos (  ) : “Problemas asociados con el uso de plaguicidas en Guatemala”, presentado en el “Seminario sobre los problemas asociados con el uso de plaguicidas en Centro América y Panamá”,  indica que el toxafeno fue utilizado casi exclusivamente en algodón y continuó siendo utilizado aún cuando otros organoclorados fueron sustituídos por otras clases de plaguicidas sin embargo, la importación en 1985 se redujo como lo muestran el  cuadro 2 y figura 1.
Cuadro 2.  Importaciones de Toxafeno (Kg) en Guatemala.


Importaciones en (kg) de Toxafeno   en Guatemala.

1978

4,963, 048.00

1979

2,373,271.00

1980

N/D

1981

491,267.00

1982

443,762.00

1983

790,735.00

1984

243,830.00

1985

61,219.00

Figura 1: Importaciones en (Kg) de Toxafeno en Guatemala.grafica

De los insecticidas, los organoclorados constituían el 49% en 1978, el 38% en 1981 y el 7% en 1985. En 1985 la distribución de los grupos químicos  de insecticidas fue aproximadamente la siguiente, existiendo una reducción de los organoclorados ver cuadros 3 y 4.
Cuadro 5: Distribución de organoclorados en el tiempo.


Distribución de Organoclorados en el tiempo

1978

49%

1981

38%

1985

7%

Cuadro 6: Distribución de plaguicidas en 1985.


Distribución de plaguicidas en 1985

Organoclorados

7%

Organofosforados

56%

Carbamatos

 

21%

Piretroides

 

15%

Otros

 

1%

13 Legislación General sobre plaguicidas en Guatemala y la que aplica a los plaguicidas Contaminantes Orgánicos Persistentes.
Con respecto a la legislación  de plaguicidas en  Guatemala El Ministerio de Agricultura Ganadería y Alimentación, a través de la Unidad de Normas y Regulaciones y el área Fitosanitaria de quién depende la Sub-área de Registro y Control de Insumos Agrícolas son los responsables de hacer que se cumpla la ley  basados en diferentes instrumentos legales como por ejemplo:  el Decreto No. 36-98 Ley de Sanidad Vegetal y Animal, El Acuerdo Gubernativo Número 377-90 Reglamento Sobre Registro, Comercialización, Uso y Control de Plaguicidas  Agrícolas y sustancias Afines  ,modificado por el Acuerdo Gubernativo 4-94. El Acuerdo Gubernativo 27-76 de fecha 15 de noviembre de 1976  regula la importación de DDT, establece los porcentajes de importación y asigna cuotas específicas de importación; y  de manera gradual reduce la importación del DDT de uso agrícola.
En  Guatemala  el  Ministerio de Agricultura Ganadería y Alimentación, según Acuerdo Ministerial No. 3-88. De fecha 12 de enero de 1988,   cancela el registro de los siguientes plaguicidas: Plaguicidas COP: Aldrina, Dieldrina, Clordano, Endrina, Heptacloro, Hexaclorobenceno , Canfeno Clorado( Toxafeno) y Lindano; otros no COP como el : Ethyl parathión, Clordimefor,  en todas sus formulaciones prohibiéndose su importación, elaboración, almacenamiento, transporte, venta y uso en el ramo agrícola, según fuente del Diario de Centro América, Tomo CCXXXII de fecha 20/01/1988, número 92, paginas 3317-3318. En esta evaluación se pudo determinar que es necesario reforzar la legislación actual para incluir otros  plaguicidas COP que no están actualmente  dentro de  esa legislación e incluir   los nuevos plaguicidas  por aprobar el Convenio de Estocolmo.
1.4  Resultados del Inventario de Plaguicidas COP y Sitios Contaminados.
En la realización del inventario fue importante la etapa de socialización y sensibilización sobre el Convenio de Estocolmo ya que a través de las instituciones se pudo recabar  información por medio de las  encuestas y fue así como se inició  la recopilación de resultados .Se  contactaron 49 empresas en tres departamentos para la  fase de sensibilización, dirigida al personal técnico que las conforman capacitando un total de 444 personas , el  cuadro 7  se encuentra  el listado de  las empresas e instituciones sensibilizadas, la fecha, el lugar, y los departamentos en donde se realizaron las capacitaciones, así como el número de personas  capacitadas .
En total de enviaron 236 formularios o encuestas, distribuidas en  los departamentos de Guatemala , Escuintla y Jutiapa; de ellas   55 boletas fueron respondidas con alguna información. 
Cuadro No. 7 Listado de Instituciones o Empresas Sensibilizadas. 

 

No.

FECHA

LUGAR

INSTITUCION

CANTIDAD
PERSONAS

1.

18-04-08

Guatemala

Delegados Departamentales del MARN

12

2.

24-04-08

Guatemala

Subcomité plaguicidas COP

12

3.

5-05-08

Guatemala

AGREQUIMA

5

4.

6-05-07

Guatemala

FASAGUA

5

5.

12-05-08

Guatemala

MAGA

15

6.

12-05-08

Guatemala

AGEXPORT

4

7.

14-05-08

Jutiapa

Expendedores
De Plaguicidas

22

8.

15-05-08

Guatemala

RELAPSA

15

9.

26-05-08

Escuintla

CENGICAÑA

12

10.

5-06-08

Guatemala

CONCYT

15

11.

5-06-08

Guatemala

Laboratorios
AGEXPORT

6

12.

6-06-08

Guatemala

Colegio
Farmacéuticos y Químicos.

75

13.

6-06-08

Guatemala

Foro Monitoreo

95

14.

6-06-08

Guatemala

Ministerio de la defensa

8

15.

11-06-08

Guatemala

Asesores del DIGARN

8

16.

11-06-08

Guatemala

AGRECOPIA

45

17

6-8-08

Guatemala

SEPREM

20

18

15-08-08

Escuintla

Centro de Salud de Nueva Concepción

35

19.

19-8-08

Escuintla

Agroservicios Nueva Concepción

8

20

20-08-08

Escuintla

Personal de Salud de Industria de  Tiquisate

27

 

Total

444

 

Los resultados obtenidos en el presente inventario fueron los siguientes: 21.93 toneladas de plaguicidas Obsoletos debido a muchas razones pero las más frecuentes fueron por almacenamiento incorrecto, por cierre de empresas, producto no identificado, producto  vencido, incorrecta formulación, los hallazgos fueron en  cinco  empresas del sector agrícola ; Con respecto al DDT de uso agrícola no se encontró ninguna cantidad, recientemente se encontro en una finca cafetalera  un total de O.0133 toneladas de Aldrín quedando pendiente su análisis respectivo para su confirmación.  También  se detectó en el mercado un insecticida de nombre comercial MIREX-S 0.3 GB perteneciente al grupo químico ORGANOFLUORINA, identificado con el  nombre genérico o común  SULFLURAMID, registrado con el número 396-95 de Guatemala. El nombre del producto corresponde al insecticida MIREx prohibido en el  Anexo A del convenio; pero comercialmente el grupo químico no corresponde a los  organoclorados por lo que hay una confusión en cuanto a la comercialización.

 

Figura 2.        Resultado preliminar del inventario de plaguicidas COP hasta agosto 2008.
grafico

1.5  Resultados sobre Sitios contaminados.

El objetivo de este inventario fue identificar la ubicación y las condiciones en que se encontraban los productos, para su posterior análisis y saneamiento.   Las acciones para poder llegar a esta información fueron el envió de encuestas a las diferentes instituciones y posteriormente efectuar  las supervisiones correspondientes. En total se identificaron  6 sitios contaminados y están pendientes de hacer la inspección para evaluar el estado en que se encuentran. Dichos sitios se encuentran en los departamentos de  Escuintla, Guatemala y Suchitepéquez.

Cuadro 8. Fuentes primarias de información sobre plaguicidas.


Fuente

Sector

Información

Ministerio de Salud Pública

Público

Inventario del DDT, y Obsoletos de sus bodegas.

Ministerio de Agricultura Ganadería y Alimentación.

Público

Base de Datos de Importadores, bodegas.

AGREQUIMA

Privado

Bodegas de Agroquímicos.

IGSS

Semiautónomo

Inspectores de seguridad e higiene.

AGRECOPIA

privado

Bodegas de agroquímicos.

AGEXPORT

privado

Bodegas de fincas.

       
1.6 Guatemala y sus obligaciones internacionales relacionadas con los plaguicidas COP.

Guatemala al haber firmado el Convenio de Estocolmo y cumplir con el objetivo  tiene que interactuar con otros convenios como el de Basilea,  Rótterdam y otros  para complementar algunas medidas  en la implementación del Plan Nacional. 
El Convenio de Estocolmo en su artículo 3, indica sobre las medidas para reducir o eliminar las liberaciones derivadas de la producción y utilización intencionales, y es aquí en donde debe de existir una relación de coordinación con otros convenios  multilaterales para  proteger la salud humana y el medio ambiente frente ha estos Contaminantes Orgánicos Persistentes.
El Convenio de Basilea  que trata  sobre el Control Internacional de los Movimientos Transfronterizos de Desechos Peligrosos y su Eliminación en Guatemala, es coordinado por el  Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales según decreto Ley No. 3-95 de fecha 25 de enero del año 1995; indica reducir la generación nacional de desechos peligrosos y otros desechos y establecer instalaciones adecuadas de eliminación, además prohibe la exportación de desechos en los paises que hayan prohibido la importación de dichos desechos o sin el consentimiento escrito del país importador cuando éste no haya prohibido la importación de desechos,  ha servido de base para eliminar  plaguicidas Obsoletos, a dado apoyo al  programa regional de acción y demostración de alternativas sostenibles para el control de malaria sin el uso de DDT conocido  con el nombre de Proyecto DDT/GEF cuya finalidad es eliminar alrededor de 15 toneladas de DDT almacenadas por Salud Pública utilizadas para el control de Malaria.

El Convenio de Rótterdam que trata sobre el Consentimiento  fundamentado Previo aplicable a ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos objeto del comercio internacional está bajo la responsabilidad de La unidad de Normas y Regulaciones del Ministerio de Agricultura Ganadería y Alimentación quienes con los responsables de la implementación y cumplimiento de este convenio, aprobado el 5 de julio del 1983. Este convenio aplica a los productos químicos prohibidos o rigurosamente restringidos; y las formulaciones de plaguicidas extremadamente restringidas, el artículo 5, relacionado con los procedimientos relativos a los productos químicos prohibidos o rigurosamente restringidos, textualmente indica que cada parte que haya adoptado una medida reglamentaria firme lo comunicará por escrito a la secretaría. Esa comunicación se hará lo antes posible, pero a más tardar en un plazo de noventa días a partir de la fecha en que la medida reglamentaria firme haya entrado en vigor, e incluirá, de ser posible, la formación estipulada en el anexo I.
Como se puede ver son convenios de apoyo para desarrollar muchas acciones en beneficio del cumplimiento del plan y se tiene que buscar los canales necesarios de comunicación y coordinar todo lo relacionado en el presente plan.

Cuadro 9. Convenios Firmados y Ratificados por Guatemala relacionados con los plaguicidas COP y Obsoletos.

Tratado

Lugar y fecha de adopción

Fecha de entrada en vigencia del tratado

Fecha de aprobación, ratificación y publicación

Objetivo.

Convenio de Estocolmo.
Convención de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes.

Estocolmo
23/05/ 2001

17/05/ 2004

Firmado en Guatemala el 29/01/2002.
Aprobado según Decreto No. 60-2007 publicado en el Diario Oficial el 13/12/2007.
Entrega de Depósito de ratificación el 31/07/2008

Busca la eliminación de 12 compuestos peligrosos que han sido agrupados bajo el calificativo de la docena sucia.
Proteger la salud humana y el medio ambiente frente a los COP, teniendo presente el criterio de precaución consagrado en el principio 15 de la declaración de Río sobre el medio Ambiente y el Desarrollo.

Convenio de Rótterdam.
Convención para el procedimiento del consentimiento Informado previo de ciertos productos químicos peligrosos y plaguicidas en el comercio internacional.

Rótterdam 1998.

Febrero 2004

Se aprobó en la Conferencia de Plenipotenciarios celebrada en Rótterdam el 10/09/1998.
Entró en vigor el 24/2/2004, 90 después de que se depositara el quincuagésimo instrumento de ratificación.

Promover la responsabilidad compartida y los esfuerzos conjuntos de las partes en la esfera del comercio internacional de ciertos productos químicos peligrosos a fin de proteger la salud humana y el medio ambiente frente a posibles daños y contribuir a su utilización ambientlment racional, facilitando el intercambio de información a cerca de sus características, estrableciendo un proceso nacional de adopción de decisiones sobre su importación y exportación y difundiendo esas decisiones a las partes.

Convenio de Basilea.
Convención de Basilea sobre el control Internacional de los Movimientos transfronterizos de Desechos peligrosos y su Eliminación.

Basilea, Suiza, 2273/1989 Enmienda, Ginebra 22/09/1995.

5/5/1992.

Aprobado por el Decreto Ley No. 3-95 del 25/1/95.
Ratificado el 25/4/95.
Públicado en el Diario Oficial, tomo CCLI, No. 85, de fecha 13/7/95.

Proteger el Medio ambiente y la saud humana contra los efectos perjudiciales de la generación, del manejo y de los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos.

Acuerdo regional sobre los Movimientos Transfronterizos de desechos Peligrosos.

Ciudad de Panamá, Panamá, 11/12/1992.

27/7/1994.

Aprobado por el decreto Legislativo No. 6-94 del 19/1/94.
Ratificado el 24/2/94.
Publicado en el Diario Oficial, tomo CCXL-VII, No. 21, de fecha 10/10/93.

Controlar los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos originados dentro y fuera de la región centroamericana.